Ciudad de México. A partir de una reciente reforma a la Ley de Movilidad, los usuarios de scooters, bicicletas eléctricas, bicimotos y cuatrimotos en la capital deberán contar con licencia de conducir y papeles oficiales para poder circular legalmente.
El Congreso de la Ciudad de México aprobó la creación de una nueva categoría denominada Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE), con el objetivo de regular el uso de estas unidades que cada vez ganan más espacio en la movilidad urbana.
Dos tipos de VEMEPE
La nueva clasificación contempla dos modalidades:
- Tipo A: vehículos de hasta 35 kilogramos de peso, como algunos scooters y bicicletas eléctricas ligeras.
- Tipo B: vehículos con peso superior a 35 kilogramos y hasta 350, entre ellos bicimotos, cuatrimotos y otros modelos más robustos.
En ambos casos será obligatorio portar una licencia de conducir específica y la documentación correspondiente a la categoría del vehículo.
Periodo de transición
La reforma establece un plazo de 360 días para que las autoridades adapten el Reglamento de Tránsito y definan los procedimientos administrativos. Durante este tiempo se dará a conocer el tipo de licencias, los requisitos y el costo del trámite.
Contexto
La medida busca ordenar el creciente uso de vehículos eléctricos personales en la ciudad, que hasta ahora circulaban sin una regulación clara, generando vacíos legales en materia de seguridad vial y responsabilidad en accidentes.
Con este cambio, la Ciudad de México se convierte en una de las primeras entidades del país en establecer un marco normativo para scooters y bicis eléctricas, lo que abre paso a una nueva etapa en la movilidad sustentable y regulada.